Una reforma para facilitar la innovación tecnológica

El debate sobre la reforma del artículo 66 de la Ley de Contrato de Trabajo busca dar mayor flexibilidad laboral para acompañar la innovación tecnológica y mejorar la productividad en un contexto de estabilidad económica.

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Dr. Gastón Utrera (*) Para Perfil Córdoba

En un régimen económico de alta inflación, inestabilidad económica y frecuentes devaluaciones, tiene poco sentido concentrarse demasiado en cuestiones de 'fierros', de productividad y de eficiencia, porque tienen más impacto potencial sobre la salud económica de las empresas las decisiones sobre cuándo aumentar o reducir stocks, cuándo posicionarse en dólares o en pesos, y demás cuestiones más financieras que productivas.

En el régimen de estabilidad que promete el Gobierno nacional, cambia el peso relativo de estas decisiones porque, con estabilidad, la competitividad no se gana devaluando, sino reduciendo costos, a través de reformas que permitan aumentar la productividad.

Esto implica un enorme desafío para las empresas industriales, y de cualquier otro sector, porque la productividad requiere seguir el ritmo del cambio tecnológico, incorporando nuevas maquinarias y equipos, y esto a su vez requiere flexibilidad para cambiar tareas y funciones a los trabajadores, reasignarlos a distintas áreas o procesos productivos, modificar horarios y turnos y, en ocasiones, cambiar lugares de trabajo como ocurre, por ejemplo, cuando conviene que una fábrica se traslade de un emplazamiento en medio de un barrio residencial a un parque industrial en la misma localidad.

Pero ocurre que la normativa laboral vigente fue pensada para un contexto mucho menos dinámico que el actual, y esto implica que resulta demasiado rígida para los desafíos actuales de la producción. Concretamente, el artículo 66 de la Ley de Contrato de Trabajo deja demasiado margen para que, cuando los desafíos de innovación que enfrentan los procesos productivos obligan a cambios en 'la forma y modalidades de la prestación del trabajo', éstos habiliten al trabajador a considerarse despedido o solicitar por vía judicial ‘el restablecimiento de las condiciones alteradas’. En otras palabras, bloquea cambios, conduce a costosas negociaciones y genera innecesaria litigiosidad.

El nuevo texto legal propuesto por el Centro de Estudios para la Producción Metalúrgica explicita, como facultades permitidas, las decisiones que permiten innovar e incorporar tecnología, y reorganizar consecuentemente la producción, acotando las posibilidades de despido indirecto a decisiones fuera de ese marco, que generen al trabajador un perjuicio objetivo y verificable.

(*) Presidente de Economic Trends
Director del Centro de Estudios para la Producción Metalúrgica